Orientación Sociolaboral con perspectiva de género
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Adaptar la Jornada sin Reducir Horario

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A partir de ahora, con la modificación del pasado 1 de marzo, se da la posibilidad a cualquier trabajador/a de solicitar una adaptación de su jornada (ya sea en términos de flexibilidad horaria, cambio de turnos o, incluso, teletrabajar) sin necesidad de reducir horas ni, en consecuencia, su salario. Tras la petición del empleado/a, la norma establece un plazo máximo de negociación de 30 días, tras los cuales la empresa deberá aceptar la propuesta, plantear una alternativa o denegarla. Si opta por el rechazo, la compañía tendrá que justificar su decisión aportando “razones objetivas” que la sustenten. En el caso de que el/la  trabajador/a se oponga a la motivación dada, podrá recurrir ante un juez sin necesidad de conciliación previa.

Puedes ver el programa Aqui Hay Trabajo de TVE que te hace un resumen muy claro de la Nueva Normativa.

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